Ficha

Fallecimiento de un familiar de grado más lejano si mediara convivencia.
DATOS GENERALES
Código LAP4
Denominación Permiso por fallecimiento de un familiar de grado más lejano si mediara convivencia
Breve descripción Este procedimiento permite al personal docente e investigador de la UPV/EHU solicitar permiso retribuido por fallecimiento de un familiar de grado más lejano si mediara convivencia.
Servicio o unidad responsable Vicegerencia de Personal-Servicio de PDI
Requisitos de la pesona solicitante Ser personal docente e investigador de la UPV/EHU
DATOS DE TRAMITACION
Forma de iniciación A solicitud de la persona interesada
Forma de tramiación Via telemática
Lugar de tramitación Aplicación informática de LIcencias y Permisos del PDI
Plazo de solicitud Con anterioridad al hecho causante. En la mayoría de los casos, sin embargo, no es posible realizar la solicitud con anterioridad al hecho causante, puesto que se tratan de circunstancias imprevisibles, solicitándolo a posteriori. No obstante, el personal deberá comunicar la ausencia a su superior inmediato.
Requisitos Cumplimentar la solicitud y firmarla electrónicamente.
Documentación requerida para su tramitación - Solicitud.
- Certificación de defunción o esquela
- Libro de familia.
- Certificado de convivencia, en su cso.
- Si la persona solicitante es personal investigador contratado (PIC) se recomienda que junto a la solicitud aporte justificante en el que se manifiesta la constancia del responsable de proyecto o del director de tesis.
Número de trámites o actuaciones administrativas Acceder a la aplicación identificándose con alguno de los certificados electrónicos admitidos por la Universidad.

- Cumplimentar el formulario, adjuntando la documentación acreditativa requerida en cada caso, y firmarlo digitalmente.

- El sistema de forma automática registra la solicitud en el registro general.

- La persona solicitante recibe por correo electrónico un resguardo de la solicitud registrada y sellada.

- Tras la tramitación, la persona solicitante recibe un aviso en su correo electrónico indicándole que la resolución está en el buzón de notificaciones.

- La persona solicitante debe aportar, en su caso, la documentación justificativa del permiso en el plazo de 15 días siguientes al mismo.

NOTA: En caso de no presentarse la documentación requerida se dará traslado a la Dirección de Profesorado para que, en su caso, incoe el procedimiento oportuno.
Servicio o unidad responsable de la tramitación -Validación del Director/a del Departamento a que esté adscrita la persona solicitante: 1 día.

- Resolución del Decano/a o del Director/a del Centro a que esté adscrita la persona solicitante: 2 días
Duración del permiso -3 días laborables, con carácter general

+2 días naturales para el desplazamiento, cuando el suceso se produzca a más de 150 km. del domicilio de residencia de la persona solicitante
Observaciones El disfrute de los días habrá de tener lugar necesariamente en las fechas en que se produzcan los supuestos de hecho.

GRADOS:

-1.º grado: Padre/madre, hijo/a.
-2.º grado: Abuelo/a, hermano/a, cuñado/a.
-3.º grado: Tío/a.
-4.º grado: Primo/a.

Normativa aplicable - Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

- Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público

- Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca.

- Acuerdo Regulador de las Condiciones de Trabajo para el personal de la UPV/EHU de 1996.

- Convenio Colectivo del personal Laboral docente e investigador de la UPV/EHU.

- Acuerdo condiciones de mejora del Acuerdo Regulador y del Convenio Colectivo del personal docente e investigador de la UPV/EHU.

- Acuerdo de la Mesa Negociadora, de 16 de septiembre de 2011, sobre las condiciones de trabajo del personal docente e investigador funcionario de la UPV/EHU.

- Resolución del Rector de la UPV/EHU por la que se acuerda la delegación de la competencia de concesión de determinadas licencias a favor de las y los Decanos y de las y los Directores.

-Resolución de 13 de julio de 2022, de la Gerente de la Universidad del País Vasco / Euskal
Herriko Unibertsitatea, de corrección de errores de la Resolución de 1 de abril de 2022, por la
que se dispone la publicación del Acuerdo de 23 de marzo de 2022, de la Comisión Intersectorial
para la Igualdad de la UPV/EHU.

- Reglamento por el que se regula el Uso de los Medios Electrónicos de la UPV/EHU y se crea la Sede Electrónica.

- Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro General y de creación del Registro Electrónico de la UPV/EHU.

- Normativa por la que se crea el Catálogo de Procedimientos Electrónicos de la UPV/EHU.

- Resolución del Secretario General de la UPV/EHU de fecha 18 de diciembre de 2014 por la que se implanta el procedimiento electrónico de diversas licencias y permisos para el personal docente e investigador de la Universidad y se incorpora al catálogo de procedimientos.
Plazo de resolución -3 días
Efectos del silencio -Positivo
Fin vía administrativa Sí.
Documentación
Documentación requerida para su tramitación - Solicitud

- Libro de familia (a aportar a posteriori)

- Certificado de defunción o esquela

- Certificado de convivencia, en su caso (a aportar a posteriori)

- Si la persona solicitante es personal investigador contratado (PIC) se recomienda que junto a la solicitud aporte justicante en el que se manifieste la constancia del responsable del proyecto o del director/a de tesis (a aportar a posteriori)

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